El 21 de marzo entra en vigor la nueva ley de alcohol cero para jóvenes usuarios de la carretera en España

El 21 de marzo entra en vigor la nueva ley de alcohol cero para jóvenes usuarios de la carretera en España

La Guardia Civil realiza controles puntuales a los conductores. / sur

La Ley de Tránsito actualizada pretende hacer las vías más seguras, endurece algunas sanciones y pone el foco en los jóvenes conductores

Muchas de las medidas de la Ley de Tránsito actualizada que se aprobó en diciembre entrarán en vigor el 21 de marzo, y una de las principales diferencias con la ley existente es que el foco está puesto en los jóvenes usuarios de la vía, a quienes se les permite utilizar motocicletas, quads ligeros y scooters a partir de los 15 años.

Un apartado se refiere específicamente al consumo de alcohol y drogas en menores de 18 años. Una vez que la nueva ley entre en vigor, será ilegal que tengan alcohol en la sangre o en el aire exhalado, ni podrán conducir si hay presencia de drogas en su cuerpo, a excepción de la medicación prescrita.

Sin embargo, para los conductores adultos, los límites seguirán siendo los mismos que ahora:

Conductores recién titulados: 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre y 0,15 miligramos por litro de aire exhalado.

Conductores profesionales: 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre y 0,15 miligramos por litro de aire exhalado.

Otros conductores: 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre y 0,25 miligramos por litro de aire exhalado.

Todavía no está claro qué sanciones se impondrán a los usuarios de la vía menores de edad que no superen el alcoholímetro. En la actualidad, depende del nivel de alcohol en sangre:

– Cuando ésta se encuentre entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l en aire exhalado (valores entre 0,15 y 0,30 mg/l para conductores noveles y profesionales) la multa es de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del permiso de conducción. Si un conductor es sorprendido por segunda vez en un año, la multa es de 1.000 euros.

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– Si el resultado de la prueba arroja más de 0,50 mg/l en el aire exhalado (0,30 mg/l para conductores y profesionales de nueva titulación), la multa es de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos del permiso de conducción.

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